2. 2 En este documento encontrarás los  operativos que estamos llevando a cabo  para desarrollar el pilar social un plan de  choque que proteja a los colectivos sociales  más vulnerables frente a la enfermedad.  En momentos de excepcionalidad  corresponde al Gobierno ofrecer certezas  y seguridad. Por eso, hemos movilizado  200.000 millones de euros para hacer  frente a esta crisis. La crisis del coronavirus  no es solo una emergencia sanitaria: es  también una emergencia económica y  social y por tanto debemos implementar  medidas que protejan a los y las más  vulnerables: a las familias trabajadoras,  a las personas mayores, a las personas  dependientes, a los animales de compañía...  Nuestro compromiso con la gente que  más lo necesita es irrenunciable. No  escatimaremos nunca esfuerzos ni recursos  para proteger a la ciudadanía. 
                                        
                                            9. 9 ¿Tendré que pagar intereses durante el tiempo que dure la moratoria?    No, la entidad acreedora no puede aplicar intereses moratorios.  La moratoria conlleva la suspensión de la deuda hipotecaria. No se  pagará la cuota prevista, ni por la parte de capital ni por los intere - ses, “ni íntegramente, ni en un porcentaje”, establece el Real decreto.  Mientras dure la moratoria, no se aplicará ni la cláusula de vencimien - to anticipado que conste en el contrato ni los intereses moratorios. ¿Cuando termine la moratoria, como deberán  de ser abonadas las cuotas hipotecarias  atrasadas? ¿Será potestad de cada entidad  la forma de pago de las mismas?    El pago de las cuotas se traslada hacia el futuro, de tal manera que la  hipoteca se extenderá en el tiempo por el mismo periodo que haya  sido efectiva la moratoria. No obstante, el deudor y la entidad acree - dora podrán llegar a un acuerdo diferente.  
                                        
                                            1. 1 PREGUNTAS FRECUENTES  SOBRE LAS MEDIDAS  SOCIALES CONTRA EL  CORONAVIRUS GOBIERNO DE ES P AÑA MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y   A GEN D A 2030 VICEPRESIDENCIA SEGUN D A DEL GOBIERN O 
                                        
                                            19. 19 II. JUVENTUD  En el ámbito juvenil, especialmente en lo relativo a la movilidad europea  e internacional, es importante informar del estado de los programas  Erasmus+ y Cuerpo Europeo de Solidaridad. El Instituto de la Juventud  debe coordinar la situación de los beneficiarios en el extranjero junto  al Ministerio de Asuntos Exteriores y dar respuesta sobre los aplaza - mientos, costes y duración de los proyectos.  
                                        
                                            12. 12 ¿Se garantizan estas comunicaciones para  toda la ciudadanía o, al igual que los  suministros de luz, agua y gas, solo se aplica  a familias.o personas vulnerables? Mientras esté en vigor el estado de alarma, los operadores de tele - comunicaciones deben mantener los servicios de comunicaciones  electrónicas contratados por todos sus clientes y no podrán suspen - derlos o interrumpirlos aunque conste dicha posibilidad en el contra - to de servicios que se haya suscrito. ¿Si me acabo de mudar y había iniciado el  trámite de instalación de internet y telefonía  en mi nuevo domicilio, con la crisis del  COVID19 el procedimiento iniciado continúa  o queda paralizado hasta nuevo aviso? Durante el estado de alarma se suspenden las operaciones de porta - bilidad de numeración fija y móvil, no los nuevos contratos de servi - cios de comunicaciones electrónicas; para aclaraciones al respecto, se  deberá consultar con la empresa proveedora del servicio. 
                                        
                                            7. 7 I. DERECHOS SOCIALES a.  DERECHO A  LA VIVIENDA : MORATORIA DE HIPOTECAS PARA  QUIENES HAYAN REDUCIDO SUS INGRESOS O SE ENCUENTREN  EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO DEBIDO AL COVID-19 La vivienda es un derecho recogido por nuestra Constitución. Desde el  Gobierno aseguraremos que cualquier persona que se encuentre en una  situación de vulnerabilidad, cualquier ciudadano que debido a la crisis del  coronavirus se vea en situación de no poder pagar su hipoteca, tenga  este derecho asegurado. Así pues pondremos en marcha una moratoria  del pago durante la cual la entidad acreedora no podrá exigir el pago  de la cuota hipotecaria ni de ninguno de los conceptos que la integran  (amortización de capital, pago de intereses, etc.), sin incrementar la deu - da con más intereses y recargos. ¿Cuando será posible solicitar la  moratoria de las hipotecas? Desde el momento en que el deudor pase a encontrarse en los  supuestos de vulnerabilidad económica hasta 15 días después de la  vigencia del Real Decreto Ley que es de un mes, prorrogable según  las circunstancias. Para poner en marcha el proceso deberá presentar  una solicitud a la entidad financiera que haya concedido el préstamo,  acompañándola con los documentos que acreditan su situación  de vulnerabilidad. 
                                        
                                            20. 20 a.   PROGRAMA  ERASMUS Soy un joven participante en un proyecto  del programa europeo Erasmus+ o CES y me  encuentro en el extranjero, ¿qué debo hacer?  Informa a la embajada o al contacto consular en el lugar donde  te encuentres de tu situación, consulta las recomendaciones del  Ministerio de Asuntos Exteriores y, si tienes dudas,  llama al 91 394 89 00. Soy voluntario en un proyecto del Cuerpo  Europeo de Solidaridad y me encuentro en mi  destino de voluntariado, ¿cómo sé si el proyecto  continúa, se cancela o si debo volver a mi país?  Tu entidad de acogida se debe acoger a un principio de prudencia  atendiendo a las circunstancias locales. Actualmente las restricciones  y las instrucciones de confinamiento son muy severas en todos los  países. En todo caso, hay que atender a las instrucciones de las autori - dades competentes. Debes contactar con tu entidad de acogida para  informar de tus dudas. Si se decide cancelar/suspender el proyecto,  debe ser teniendo en cuenta las  consecuencias menos negativas  para todos, especialmente para  las personas voluntarias, esto  quiere decir : no se recomienda  adoptar esa medida hasta que  la persona tenga una alterna - tiva para regresar a su país de  residencia o una alternativa de  residencia segura en el país de  destino del voluntariado.   
                                        
                                            24. 24 (Ámbito nacional) En los próximos días tengo  que entregar la justificación de una subvención  del Injuve percibida el pasado ejercicio pero  debido a la situación actual se me hace imposible  recopilar parte de la documentación necesaria  para realizar dicha justificación ¿Sería posible  entregar la justificación más tarde? Tal y como establece el Real Decreto  463/2020, de 14 de marzo, por el que  se declara el estado de alarma para la  gestión de la situación de crisis sani - taria ocasionada por el COVID-19,  en su disposición adicional tercera, se  suspenden términos y se interrum - pen los plazos para la tramitación de  los procedimientos de las entidades  del sector público. El cómputo de los  plazos se reanudará en el momento  en que pierda vigencia el presente real  decreto o, en su caso, las prórrogas del  mismo. 
                                        
                                            10. 10 b.   NADIE SIN LUZ NI AGUA:  UN MES SIN CORTES DE SERVICIOS DE  ENERGÍA ELÉCTRICA, GAS NATURAL NI AGUA PARA LAS FAMILIAS  MÁS VULNERABLES Hemos implementado un mes de moratoria para evitar la interrupción  del suministro de servicios a las familias más vulnerables. Durante ese  mes los suministradores de energía, gas natural y agua no podrán sus - pender el suministro a aquellos consumidores vulnerables o en riesgo  de exclusión social. Me he quedado sin trabajo o estoy  ingresando menos por la crisis del  COVID-19, ¿me pueden cortar el agua,  la luz o el gas si no pago la factura? Durante el estado de alarma, ninguna compañía podrá cortarte los  suministros. El pasado martes el Gobierno aprobó un paquete de  medidas económicas y laborales con el objetivo enfrentar la situación  de emergencia provocada por el coronavirus. Una de esas medidas  garantiza el acceso a los suministros básicos (agua, luz y gas) a todos  los hogares de nuestro país. ¿Las compañías de agua, luz y gas me  perdonarán la deuda por no pagar las  facturas durante el estado de alarma? Lo que se propone a los ciudadanos son una serie de moratorias. Es  decir, prórrogas en el plazo del pago de una deuda. En otras palabras,  diversas compañías que proporcionan agua, luz o gas van a flexibilizar  los métodos de pago de su suministro. Las maneras que va a emplear  cada empresa pueden variar : se lo pueden fraccionar en plazos sin  intereses, se lo pueden aplazar hasta que pase el periodo de estado  de alarma u otras formas. 
                                        
                                            11. 11 Si hasta la fecha no era  considerado consumidor  vulnerable, pero he sido afectado  laboralmente o económicamente  por el COVID-19, ¿tengo  derecho a que no se me corte  ninguno de estos suministros? No habrá corte de suministros en ningún  caso mientras dure ésta situación. Cuando  finalice el estado de alarma y de emergencia  sanitaria, se mantendrán los bonos sociales  para los consumidores vulnerables y se podrán  demandar  en los correspondientes Servicios  Sociales de los Ayuntamientos, por aquellas  personas que, eventualmente, pudieran haber  caído en dicha situación y que no estaban en  ella con anterioridad. c.   GARANTIZAR LAS  COMUNICACIONES  ELECTRÓNICAS Es imprescindible que durante el estado de alarma no puedan inte - rrumpirse los servicios de comunicaciones electrónicas. En este sentido,  garantizaremos el mantenimiento de los servicios de comunicaciones  electrónicas y la conectividad de banda ancha y la prestación del servicio  universal de telecomunicaciones. ¿Habrá moratoria al respecto de este servicio? No hay moratoria como tal pero los servicios de comunicaciones  electrónicas están garantizados mientras esté en vigor el estado  de alarma, por lo que en ese período no pueden interrumpirse  por impago. 
                                        
                                            15. 15 Soy una persona dentro de un grupo  de riesgo que recibe una ayuda a  domicilio, ¿puedo solicitar material  de protección para evitar cualquier  riesgo de contagio en mi casa?  (gel, alcohol, mascarillas, etc.) Será la empresa que facilite el servicio la que ha de  suministrar a las trabajadoras que lo llevan a cabo  todo el material necesario para que lo realicen con la  seguridad e higiene exigible. Soy una persona en cuarentena  que ha dado positivo en COVID19  que tiene reconocida una ayuda  a domicilio, ¿tengo derecho a que  se me mantenga esta ayuda? Sí. Con las medidas de precaución necesarias para evitar el contagio,  debe seguir recibiendo la ayuda, igual que si estuviera en un centro  residencial. Aislamiento no significa abandono. e.1.   REFORZAR LA ASISTENCIA A DOMICILIO  A PERSONAS MAYORES,  DEPENDIENTES O CON DISCAPACIDAD AFECTADAS POR EL CIERRE  DE LOS CENTROS DE DÍA O CENTROS SOCIALES. Soy una persona que vive sola sin derecho  reconocido a la dependencia, pero que en estos  momentos de confinamiento creo requerir  ayuda para tareas básicas, ¿cómo puedo  solicitar esta ayuda? ¿A qué organismo debo  dirigirme? ¿Cuál sería el procedimiento? Debe dirigirse a los Servicios Sociales de su municipio. Ellos le  explicarán el procedimiento.  
                                        
                                            21. 21 b.   CUERPO EUROPEO DE SOLIDARIDAD Soy voluntario en un proyecto del Cuerpo  Europeo de Solidaridad y me encuentro en mi  destino de voluntariado, ¿cómo sé si el proyecto  continúa, se cancela o si debo volver a mi país?  Tu entidad de acogida se debe acoger a un principio de prudencia  atendiendo a las circunstancias locales. Actualmente las restricciones  y las instrucciones de confinamiento son muy severas en todos los  países. En todo caso, hay que atender a las instrucciones de las autori - dades competentes. Debes contactar con tu entidad de acogida para  informar de tus dudas. Si se decide cancelar/suspender el proyecto,  debe ser teniendo en cuenta las consecuencias menos negativas para  todos, especialmente para las personas voluntarias, esto quiere decir :  no se recomienda adoptar esa medida hasta que la persona tenga  una alternativa para regresar a su país de residencia o una alternativa  de residencia segura en el país de destino del voluntariado.  c.   ME ENCUENTRO  EN EL EXTRANJERO   Si me encuentro en el extranjero y presento  síntomas asociados al COVID-19, ¿qué debo hacer? En primer lugar, comunicárselo a tu entidad de acogida que deberá  informarte de las recomendaciones y/o obligaciones que han dicta - do las autoridades sanitarias del país en el que te encuentras. Lo  recomendable para la población joven es quedarse en casa y acudir  al hospital sólo cuando los síntomas se han agravado. Recuerda que  con la Tarjeta Sanitaria Europea derecho a ser tratado en las mismas  condiciones que un nacional. 
                                        
                                            25. 25 III. DERECHOS DE LOS  ANIMALES  En esta situación de grave crisis el Gobierno y todas las administraciones  públicas garantizan el bienestar de los animales. La Dirección General de  Derechos de los animales en coordinación con el Ministerio de Sanidad  y las administraciones locales han emitido recomendaciones para cumplir  con la necesaria cuarentena y a la vez garantizar el bienestar animal. a.   SACAR A  PASEAR A PERROS ¿Se puede sacar a los perros? Se permite salir del domicilio con el fin  de sacar a pasear a los perros. Para ello  de forma segura es   conveniente seguir l as siguientes medidas: · Realizar paseos cortos, el tiempo necesa - rio para cubrir las necesidades fisiológicas  del animal.  · Evitar el contacto con otros animales y/o personas.  · Llevar botella de agua con  detergente para limpiar la orina  y bolsas para las heces.    · Priorizar horarios de menor afluencia. 
                                        
                                            16. 16 de solidadirad. e.2.  REFORZAR Y AMPLIAR LOS DISPOSITIVOS DE  TELEASISTENCIA  DOMICILIARIA  DE MANERA QUE SE INCREMENTE LA VIGILANCIA DE LA  POBLACIÓN BENEFICIARIA DE ESTE SERVICIO. Me concedieron la discapacidad la semana pasada y me  han cancelado la cita en el ayuntamiento para solicitar  la paga no contributiva. ¿No van a destinar medidas para  esto? No percibo ningún ingreso. ¿Qué puedo hacer? Los Servicios Sociales municipales deben seguir garantizando estos servicios.  Si no pueden mantener la cita presencial deben habilitar canales telemáticos  o telefónicos. e.3.  REFORZAR LAS PLANTILLAS DE CENTROS  DE SERVICIOS SOCIALES  Y DE RESIDENCIAS DE MAYORES. ¿Qué van a hacer para resolver la situación  en las residencias de mayores?  Al tratarse de lugares considerablemente más vulnerables es urgente medica - lizar estos centros, reforzando las plantillas con personal y elementos sanitarios,  con más recursos y con Equipos de Protección Individual para los profesionales  de estos centros. El Ministerio de Sanidad ha dictado una orden de obligado  cumplimiento para mejorar la atención y la seguridad sanitaria en todas las resi - dencias de mayores, personas dependientes y personas con discapacidad. En este momento tengo disponibilidad ¿existe  algún mecanismo para ayudar a quien lo  necesite? ¿Debo inscribirme en algún lugar? Es absolutamente encomiable la solidaridad de la ciudadanía. Y debemos impul - sarla decididamente . Es el Ayuntamiento y las organizaciones de la sociedad  civil de tu lugar de residencia quien mejor puede canalizar esa expresión  
                                        
                                            18. 18 f.  EL MOMENTO DE LOS  AYUNTAMIENTOS : FACULTAMOS A LOS  AYUNTAMIENTOS A DESTINAR SU SUPERÁVIT EN SERVICIOS SOCIALES  RELACIONADOS CON LA CRISIS (300 MILLONES DE EUROS). Para poner el centro la vida y el cuidado de las mayorías, toca que las insti - tuciones más cercanas a la gente destinen sus recursos a ello. Con ese fin,  se faculta a los Ayuntamientos, para que, en el marco de sus competencias y   dejando atrás la ley Montoro, puedan invertir su superávit en servicios sociales   y que ayuden a paliar los efectos de esta crisis. Respecto a los Ayuntamientos  que no tienen superávit (una situación que afecta sobre todo a algunos mu - nicipios pequeños) son las Diputaciones Provinciales las que se deben hacer  cargo de esos servicios. Mi Ayuntamiento no piensa gastar el dinero de  su superávit en la implementación de servicios  sociales, ¿existe algún mecanismo por el cual pueda  denunciarlo y/o exigir que se aplique esta norma? Los Ayuntamientos, como administración más próxima a la ciudadanía,  estamos seguros que están haciendo todo lo posible por proteger a sus  vecinos. Desde  hace años han solicitado al Gobierno de España usar el  superávit fundamentalmente para servicios sociales. El Gobierno anterior  no lo autorizó .Ahora podrán hacerlo. Y estamos seguros que eso será  así en la inmensa mayoría de ellos. Aún así la sociedad civil y los vecinos  pueden exigir y eventualmente poner en conocimiento de la Delegación  del Gobierno  esa situación.  ¿Habrá algún tipo de fiscalización por  parte del Gobierno del uso de este superávit  por parte de los Ayuntamientos? Sí. La que corresponde a los servicios de la Intervención General  del Estado que velarán que los recursos económicos liberados de  los presupuestos a tal fin,  se empleen, en este caso, para la lucha contra  el coronavirus 
                                        
                                            8. 8 ¿Cuales son los supuestos de vulnerabilidad?   1.  Que el deudor hipotecario pase a estar en situación de desem - pleo o, en caso de ser empresario o profesional, sufra una pérdida  sustancial de sus ingresos o una caída sustancial de sus ventas.   2.  Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad  familiar no supere, con carácter general, el límite de tres veces el  IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), con incre - mentos por hijos a cargo o familiares con discapacidad o en situación  de dependencia. 3.  Que la cuota hipotecaria más los gastos y suministros básicos  resulte superior al 35 % de los ingresos netos que perciba el conjun - to de los miembros de la unidad familiar. 4.  Que, a consecuencia de la emergencia sanitaria, la unidad fami - liar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias  económicas. Se entenderá que se ha producido  una alteración significativa de las  circunstancias económicas cuando  el esfuerzo que represente la carga  hipotecaria sobre la renta familiar se  haya multiplicado por al menos 1,3.  Y que se ha producido una caída  sustancial de las ventas cuando esta  caída sea al menos del 40%. 
                                        
                                            13. 13 d.  BONO SOCIAL  HASTA SEPTIEMBRE Durante un mes los suministradores de energía eléctrica, gas natural  y agua no podrán suspender el suministro a aquellos consumidores en  los que concurra la condición de consumidor vulnerable o de consumi - dor en riesgo de exclusión social. De la misma manera, todo aquel  o aquella que cuente con un bono social lo verá    prorrogado inmediata - mente hasta el 15 de septiembre. ¿Tengo que hacer algo para notificar que soy  beneficiario del bono social y que necesito  que no se me suspendan los suministros?  La prórroga del bono social es automática desde el decreto del  Gobierno. Las compañías suministradoras conocen de la obligación  de aplicar la ley y por tanto no habrá problema alguno al respecto.  Por ello, no es necesario notificarlo respecto del suministro de ener - gía eléctrica, pues la empresa suministradora ya conoce ese dato y no  podrá suspender el suministro. Sí debe comunicarse que se es bene - ficiario del bono social a las suministradoras de agua y de gas natural. No he sido beneficiario del bono social hasta ahora,  pero creo que cumplo los requisitos necesarios  para serlo, ¿el procedimiento para solicitarlo sigue  activo? ¿Qué procedimiento debería seguir? Si no es beneficiario del bono social, y cumple los requisitos para ello,  se puede presentar la solicitud en la empresa comercializadora de  energía eléctrica que emita la factura. En la página web del comercia - lizador deben estar disponibles los formularios de solicitud. El proce - dimiento se regula en el R.D. 897/2017, de 6 de octubre. 
                                        
                                            14. 14 e. CUIDADOS : REFORZAR LOS SERVICIOS SOCIALES PARA QUE  APOYEN A LAS FAMILIAS EN LAS TAREAS DE CUIDADOS MEDIANTE  UN FONDO SOCIAL EXTRAORDINARIO (300 MILLONES DE EUROS) Es imprescindible que no descuidemos las tareas que realizan invisible - mente las familias en los cuidados. Para ello, implementaremos un “Fondo  Social Extraordinario para los Servicios Sociales de base”. Este fondo se  transferirá a las CCAA, Ceuta y Melilla para financiar las prestaciones bá - sicas de los Servicios Sociales que tengan por objeto hacer frente a situa - ciones sociales muy específicas derivadas del COVID-19.  ¿Cómo se va a distribuir ese  fondo de 300 millones entre las  Comunidades Autónomas? La Vicepresidencia Social del Gobierno concer - tará concertará con las CCAA la distribu - ción del Fondo Social Extraordinario para los  Servicios Sociales de base” en el más breve  plazo posible, de acuerdo con los criterios de  distribución objetivos fijados ya en el  Real Decreto Ley.  ¿Se plantea el movimiento de  recursos de una comunidad a otra?  En vista a que la curva de contagios  será distinta en cuanto al tiempo  en las distintas comunidades Cada Comunidad Autónoma recibirá una  cantidad que podrá destinar, de acuerdo con  las corporaciones locales de su territorio, a las  prioridades relacionadas con el COVID-19 que  marca el Real Decreto Ley.  
                                        
                                            17. 17 e.4.  ASISTIR A LAS  PERSONAS SIN HOGAR   ¿Qué pasa con la gente que está en la calle?  ¿Cómo va el Gobierno a asegurar su protección?  Se trata de un colectivo especialmente vulnerable al que no se puede  dejar atrás. Constituiremos unidades que entreguen un kit diario de  higiene, alimentación y bebida a personas sin hogar y les tomen la  temperatura. Además, habilitaremos comedores sociales para dar  comida para llevar, reforzaremos los centros para personas sin hogar  con personal sanitario que los dote de equipos de protección y  habilitaremos espacios amplios, como se ha hecho en IFEMA, con la  finalidad de alojar, garantizar la higiene y la alimentación y atender a  personas sin hogar con profesionales sociales y sanitarios con posibili - dad de aislamiento para personas infectadas. ¿A donde o a quien tengo que recurrir para  poder beneficiarme de estas medidas?  A los Servicios Sociales de Atención primaria municipales que son  los encargados, con ayuda del Ejército por orden gubernamental  de poner en marcha este programa de atención social. e.5. 19.500  CAMAS  EN MÁS DE 1000 EDIFICIOS Los hospitales están con pocos recursos  ¿Hay medios para todo el mundo? ¿Camas?  Desde la Vicepresidencia Segunda hemos puesto a disposición  más de 19.500 camas en más de 1000 edificios, localizadas gracias  a los trabajadores del tercer sector. A solicitud de Defensa y Sanidad,  como Vicepresidencia Segunda nos pondremos al frente de  estos operativos. 
                                        
                                            26. 26 b.   ALIMENTACIÓN DE ANIMALES ¿Se puede alimentar a las colonias felinas? Se debe ir solo/a,  priorizar horarios de menos afluencia e intentar espaciarlo el  máximo de días posibles. Para facilitar el trabajo de las fuerzas de seguridad es  importante que las ongs y protectoras faciliten a sus voluntarios un certificado  que refleje la autorización y necesidad de la colaboración de cada persona. ¿Se puede alimentar y atender animales  en fincas y centros de protección animal? Se permite alimentar animales en centros de protección y fincas, para facilitar  el trabajo de las fuerzas de seguridad es importante que las ongs y protectoras  faciliten a sus voluntarios un certificado que refleje la autorización y necesidad  de la colaboración de cada persona. Para las fincas particulares, es preferible  que vecinos de las fincas sean los encargados de esta alimentación, para evitar  desplazamientos. Si son necesarios estos desplazamientos, hay que garantizar  que sean lo más espaciado posibles y en horarios que no se coincida con más  personas. c.   ANIMALES DE PERSONAS SIN HOGAR ¿Qué pasará con los animales de personas sin hogar? Se ofrecerán facilidades para el cuidado de sus mascotas durante el tiem - po que residan en los centros, para no desincentivar la permanencia en los  mismos y para evitar el abandono de los animales. Cuando esto no fuera  posible se deberá ofrecer alternativa de permanencia temporal de la mascota  en lugar seguro y con atención, en instalaciones lo más próximas posibles. La  Dirección General de Derechos de los Animales ha establecido una red de  protectoras de apoyo para los municipios que no tengan recursos para acoger  a los animales temporalmente y un protocolo de atención básica veterinaria  para estos animales. 
                                        
                                            22. 22 En el marco del CES: En determinados casos con tu tarjeta de CIGNA  puedes acceder a tratamiento privado (basado en reembolso si los  costes son menores de 200€). Si muestras síntomas activos, se reembol - sarán los gastos de laboratorio derivados del diagnóstico del COVID-19  al 100%. Las pruebas preventivas sin síntomas y sin haber tenido contac - to con un paciente infectado, es aún preventivo y no está cubierto. Lo  mismo se aplica a las medidas derivadas de la cuarentena y sólo por  cuestiones de prevención (haber viajado a Italia, por ejemplo), siempre  que no se requiera un tratamiento médico. d.   PROGRAMAS EUROPEOS  DE JUVENTUD  Pertenezco a una entidad beneficiaria de los  programas europeos de juventud financiados por  la Agencia Nacional Española (Injuve), ¿qué debo  hacer si quiero cancelar o aplazar mi proyecto? Tras la declaración de la Organización Mundial de la Salud de Pandemia  de esta enfermedad el 11 de marzo de 2020, la causa de fuerza mayor  es justificable y aplicable. No obstante, la ANE, siguiendo el criterio de  caso a caso, pide a las entidades beneficiarias que consideren el contexto  en el que el alcance de fuerza mayor sea aplicado. Las organizaciones beneficiarias decidirán y serán responsables, en cada  caso, si adoptan un aplazamiento o cancelación, aplicando la cláusula de  causa de fuerza mayor. Las entidades podrán justificarlo con las reco - mendaciones de las autoridades competentes, tanto sanitarias como en  materia de viajes y restricciones a la movilidad por causa de interés públi - co. En todo caso, la aplicación de la causa de fuerza mayor o cualquier  modificación del proyecto deberá ser comunicada a la ANE e incorpora - ción a la documentación del proyecto.  
                                        
                                            23. 23 Los contactos para cada programa son:  erasmusplus@injuve.es cuerpoeuropeodesolidaridad@injuve.es  También puedes dirigirte a  informacionInjuve@injuve.es   La duración de los proyectos se podrá extender una máximo de  12 meses, sin exceder los 36 meses de duración total. Incluye la refe - rencia del proyecto en cualquier comunicación para que podamos iden - tificarla correctamente. La validación de los cambios será confirmada  cuando volvamos a la normalidad. Si como entidad beneficiaria se han tenido  gastos excepcionales derivados de la crisis  sanitaria, ¿serán cubiertos por el programa? Los gastos excepcionales alegados por causa de fuerza mayor deberán  explicarse y documentarse en la presentación del informe. Se justificará  que no se han podido financiar por otros medios, y en base a los costes  reales. Deberán incorporar una declaración firmada de la entidad benefi - ciaria. Esto es aplicable a todas las acciones y programas. En ningún caso, estos costes podrán suponer un incremento de la  cuantía total de la subvención adjudicada, tal y como se establece en  la normativa de los programas. En el caso de que haya costes de expatriación, siempre que estén  debidamente justificados, serán aceptados como gastos excepcionales  dentro del proyecto. ¿En qué estado quedan los plazos para  presentar proyectos de la segunda ronda de los  programas europeos de juventud de 2020? Se amplía el plazo de todas las acciones y programas al 7 de mayo  de 2020. No se exigirá la presentación de los mandatos de las  entidades socias a la presentación del proyecto, pero sí deberá estar  incluida en la documentación del proyecto antes de la firma del  Convenio de Subvención. 
                                        
                                            3. 3 ÍNDICE I. DERECHOS SOCIALES  ... pag. 7 a.  Derecho a la vivienda:    moratoria de hipotecas para quienes hayan reducido  sus ingresos o se encuentren en situación de desempleo debido al COVID-19  ... pag. 7 ·  ¿Cuando será posible solicitar la moratoria de las hipotecas? ·  ¿Cuales son los supuestos de vulnerabilidad? ·  ¿Tendré que pagar intereses durante el tiempo que dure la moratoria? ·  ¿Cuando termine la moratoria, como deberán de ser abonadas las cuotas hipotecarias  atrasadas? ¿Será potestad de cada entidad la forma de pago de las mismas? b.  Nadie sin luz ni agua: Un mes sin cortes de servicios de energía eléctrica,  gas natural ni agua para las familias más vulnerables  ... pag. 10 ·  Me he quedado sin trabajo o estoy ingresando menos por la crisis del COVID-19, ¿me  pueden cortar el agua, la luz o el gas si no pago la factura? ·  ¿Las compañías de agua, luz y gas me perdonarán la deuda por no pagar las facturas  durante el estado de alarma? ·  Si hasta la fecha no era considerado consumidor vulnerable, pero he sido afectado  laboralmente o económicamente por el COVID19, ¿tengo derecho a que no se me corte  ninguno de estos suministros? c.  Garantizar las comunicaciones electrónicas  ... pag. 11 ·  ¿Habrá moratoria al respecto de este servicio? ·  ¿Se garantizan estas comunicaciones para toda la ciudadanía o, al igual que los suministros  de luz, agua y gas, solo aplica para familias o personas vulnerables? ·  ¿Si me acabo de mudar y había iniciado el trámite de instalación de internet y telefonía  en mi nuevo domicilio, con la crisis del COVID19 el procedimiento iniciado continúa o queda  paralizado hasta nuevo aviso? 
                                        
                                            27. 27 IV.  OTROS ENLACES  DE INTERÉS   Para preguntas relativas a medidas impulsadas por otros ministerios adjuntamos los siguientes enlaces:  MINISTERIO DE DE SANIDAD ·  Información General ·  Preguntas y respuestas sobre el nuevo COVID-19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL ·  FAQs Generales   ·  Preguntas frecuentes sobre prestaciones por desempleo ·  Información ciudadana y FAQ presentación de ERTES  derivados del COVID-19   MINISTERIO DE IGUALDAD ·  Plan de Contingencia contra la violencia de género  antela crisis del COVID-19 ·  Guía para víctimas de Violencia de Género - COVID-19 MINISTERIO DE CONSUMO ·  Información General   MINISTERIO DE UNIVERSIDADES ·  Preguntas frecuentes Universidades y COVID - 19 MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES ·  Preguntas frecuentes 
                                        
                                            4. 4 d.  Bono social hasta septiembre  ... pag. 13 ·  ¿Tengo que hacer algo para notificar que soy beneficiario del bono social y que necesito  que no se me suspendan los suministros? ·  No he sido beneficiario del bono social hasta ahora, pero creo que cumplo los requisitos  necesarios para serlo, ¿el procedimiento para solicitarlo sigue activo? ¿Que procedimiento  debería seguir? e.  Cuidados: Reforzar los servicios sociales para que apoyen a las familias en las  tareas de cuidados mediante un Fondo Social Extraordinario (300 millones de euros)  ... pag. 14 ·  ¿Cómo se va a distribuir ese fondo de 300 millones entre las Comunidades Autónomas? ·  ¿Se plantea el movimiento de recursos de una comunidad a otra? ·  Soy una persona dentro de un grupo de riesgo que recibe una ayuda a domicilio, ¿puedo  solicitar material de protección para evitar cualquier riesgo de contagio en mi casa? (gel,  alcohol, mascarillas, etc.) ·  Soy una persona en cuarentena que ha dado positivo en COVID-19 que tiene reconocida  una ayuda a domicilio, ¿tengo derecho a que se me mantenga esta ayuda? e.1.  Reforzar la asistencia a domicilio a personas mayores, dependientes o con  discapacidad afectadas por el cierre de los centros de día o centros sociales  ... pag. 15 ·  Soy una persona que vive sola sin derecho reconocido a la dependencia, pero en estos  momentos de confinamiento creo requerir ayuda para tareas básicas, ¿cómo puedo solicitar  esta ayuda? ¿A qué organismo debo dirigirme? ¿Cuál sería el procedimiento? e.2.  Reforzar y ampliar los dispositivos de teleasistencia domiciliaria de manera que  se incremente la vigilancia de la población beneficiaria de este servicio  ... pag. 16 ·  Me concedieron la discapacidad la semana pasada y me han cancelado la cita en  el ayuntamiento para solicitar la paga no contributiva. ¿No van a destinar medidas para esto?  No percibo ningún ingreso. ¿Me pueden indicar qué puedo hacer por favor? 
                                        
                                            5. 5 e.3.  Reforzar las plantillas de centros de Servicios Sociales y de residencias  de mayores.  ... pag. 16 ·  ¿Que van a hacer para resolver la situación en las residencias de mayores? ·  En este momento tengo disponibilidad para poder ayudar a quien lo necesite, ¿existe algún  mecanismo para ayudar a quien lo necesite? ¿Debo inscribirme en algún lugar? e.4.  Asistir a las personas sin hogar  ... pag. 17   ·  ¿Qué pasa con la gente que está en la calle? ¿Cómo va el Gobierno a asegurar su protección? ·  ¿A donde o a quien tengo que recurrir para poder beneficiarme de estas medidas?  e.5.  19.500 camas en más de 1000 edificios  ... pag. 17 ·  Los hospitales están con pocos recursos ¿Hay medios para todo el mundo? ¿Camas?  f.  Es el momento de los Ayuntamientos: facultamos a los Ayuntamientos a destinar  su superávit en servicios sociales relacionados con la crisis (300 millones de euros) ... pag. 18 ·  Mi Ayuntamiento no piensa gastar el dinero de su superávit en la implementación de  servicios sociales, ¿existe algún mecanismo por el cual pueda denunciarlo y/o exigir que  se aplique esta norma? ·  ¿Habrá algún tipo de fiscalización por parte del Gobierno del uso de este superávit por  parte de los Ayuntamientos? II. JUVENTUD  ... pag. 19 a.  Programa Erasmus  ... pag. 20 ·  Soy un joven participante en un proyecto del programa europeo Erasmus+ o CES  y me encuentro en el extranjero, ¿qué debo hacer? b.  Cuerpo Europeo de Solidaridad  ... pag. 21   ·  Soy voluntario en un proyecto del Cuerpo Europeo de Solidaridad y me encuentro en mi  destino de voluntariado, ¿cómo sé si el proyecto continúa, se cancela o si debo volver a mi país? 
                                        
                                            6. 6 c.  Me encuentro en el extranjero  ... pag. 21   ·  Si me encuentro en el extranjero y presento síntomas asociados al COVID-19,  ¿qué debo hacer? d.  Programas europeos de juventud  ... pag. 21 ·  Pertenezco a una entidad beneficiaria de los programas europeos de juventud financiados  por la Agencia Nacional Española (Injuve), ¿qué debo hacer si quiero cancelar o aplazar  mi proyecto? ·  Si como entidad beneficiaria se han tenido gastos excepcionales derivados de la crisis  sanitaria, ¿serán cubiertos por el programa? ·  ¿En qué estado quedan los plazos para presentar proyectos de la segunda ronda de los  programas europeos de juventud de 2020? ·  (Ámbito nacional) En los próximos días tengo que entregar la justificación de una subvención  del Injuve percibida el pasado ejercicio pero debido a la situación actual se me hace imposible  recopilar parte de la documentación necesaria para realizar dicha justificación ¿Sería posible  entregar la justificación más tarde? III. DERECHOS DE LOS ANIMALES  ...    pag. 25 a.  Sacar a pasear a perros  ... pag. 25 ·  ¿Se puede sacar a los perros? b.  Alimentación de animales  ... pag. 26 ·  ¿Se puede alimentar a colonias felinas? ·  ¿Se puede alimentar y atender a  animales en fincas y centros de  protección animal? c.  Animales de personas sin hogar  ... pag. 26 ·  ¿Qué pasará con los animales  de aquellas personas sin hogar? IV. OTROS ENLACES DE INTERÉS   ... pag. 27